En el BOIB núm. 70 del 4 de junio se ha publicado la “convocatoria de ayudas económicas individuales para personas con discapacidad para el año 2016” de l’Institut Mallorquí d’Afers Socialsque quizá pueda ser de vuestro interés. Deben ser solicitadas por las personas interesadas (NO puede tramitarse a través de ninguna asociación).

El objeto de dicha ayuda es atender los problemas específicos de las personas declaradas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial, y se podrá solicitar ayuda económica para una de estas dos modalidades:

  1. Tratamientos profesionales sociosanitarios. Incluye intervenciones profesionales de psicomotricidad, logopedia, tratamiento psicopedagógico, psicoterapéutico y otros tratamientos similares que correspondan a la misma finalidad. En casos excepcionales, y por necesidad urgente de algún tratamiento rehabilitador, siempre que se justifique la procedencia y que no se pueda contar con transporte público para acceder al mismo, se podrá considerar la ayuda para el transporte.
  2. Ayudas técnicas. Comprende las siguientes ayudas:
    1. Ayudas para la movilidad: que actúan como intermediarias entre la persona y el entorno, facilitan la relación y permiten una mejor movilidad y autonomía. También se incluyen instrumentos que pretenden suplir o complementar las limitaciones de movilidad funcional: obtención del permiso de conducir para discapacitados físicos queprecisen adaptación del vehículo; adquisición de vehículos adaptados o adaptación del vehículo;, cama hospitalaria/articulada, colchón antiescaras, grúa etc.).
    2. Prótesis y órtesis
    3. Enseres básicos y necesarios

SE EXCLUYEN TODAS AQUELLAS OBRAS REALIZADAS EN EL DOMICILIO PARA ELIMINAR BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Y DAR ACCESIBILIDAD

LIMITACIONES:

  • Las personas que soliciten ayudas técnicas NO pueden haber recibido subvenciones para el mismo concepto en las 2 convocatorias anteriores, exceptuando los tratamientos rehabilitadores sociosanitarios, ni solicitar ayudas incluidas en el catálogo general del material ortoprotésico vigente para el 2016 del Sistema Nacional de Salud, exceptuando: sillas de ruedas, caminador, sillas de ruedas fijas para inodoro/wc, audífonos, material coclear, implante coclear, actualización de implante coclear (kit de modernización), plantillas, zapatos ortopédicos, faja especial, fajas lumbares y cojines antiescaras.
  • Para justificar la ayuda debe presentarse, entre otros documentos, las facturas donde debe expresarse claramente: nombre completo y CIF o NIF del que emite la factura, DNI o NIE de la persona beneficiaria o tutora legal (siempre que la persona esté incapacitada y siempre que la persona que ostenta la tutela aparezca como solicitante de la ayuda y titular de la domiciliación bancaria), nº y fecha, concepto, retención IRPF e IVA (si corresponde). Las facturas deben corresponder a gastos realizados entre día 22 de mayo de 2015 y el 14 de julio de 2016. Además deberán presentarse los justificantes del pago efectivo.

 

BENEFICIARIOS: Requisitos:

  • Tener menos de 65 años.
  • Grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
  • Estar empadronado en Mallorca.
  • La renta de la unidad económica de convivencia del grupo familiar, de la cual se tiene en cuenta, además de los rendimiento del trabajo, los rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario, y siempre que sean rentas no exentas de IRPF, y no superen los siguientes ingresos:
    • Unidad familiar de 1 miembro: 22.365,42 €
    • Unidad familiar de 2 miembros: 29.820,56 €
    • Unidad familiar de 3 miembros: 37.275,70 €
    • Unidad familiar de 4 miembros o más: 44.730,84 €
  • La ayuda solicitada debe ser concordante con la discapacidad de la persona solicitante.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: El IMAS os puede ayudar en el proceso de tramitación en la “Unitat d’Atenció al Ciutadà de l’IMAS” en Palma o en sus delegaciones en Inca y Manacor:

  • IMAS: C/ de General Riera, 67. 07010 – Palma. Tlf.: 971763325
  • General Luque, 223 1r pabellón izquierda, 1r piso. 07300 – Inca. Tlf.: 971880216
  • C/ del Bonjesús, 2. 07500 – Manacor. Tlf.: 871986142.

Rogamos consultéis qué documentos debéis presentar, así como la información completa  sobre esta subvención (requisitos, limitaciones, importes máximos a subvencionar, etc.) en el BOIB núm. 70, publicado el 4 de junio de 2016.

Las instancias se pueden dirigir a la Presidencia del IMAS y se pueden presentar en el Registro General del IMAS en Palma y en sus delegaciones en Inca y Manacor y en las oficinas de Registro del Consell de Mallorca.

El plazo para presentar solicitudes es de 40 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB, es decir el 14 de julio de 2016.

Podéis encontrar TODA LA INFORMACIÓN Y LOS ANEXOS que deben cumplimentarse en: http://www.imasmallorca.net/es/unprograma/85